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Importación de Electrodomésticos Usados
- Nos permitimos recordarle, que por disposición de la Dirección General de Aduanas en su artículo 2 de la Ley No. 04-07, se prohíbe la importación de electrodomésticos del hogar que tengan más de 5 años de uso (tales como televisiones, microondas, licuadoras, lavadoras, tostadoras, entre otras)*.
Evite inconvenientes y tenga en cuenta que cualquier electrodoméstico importado, que no esté acorde con éstas disposiciones deberá ser reembarcado dentro de un plazo de veinte (20) días calendario, a partir de su fecha de llegada a Puerto, o de lo contrario, se procederá al decomiso del mismo.
Es importante mencionar que estas disposiciones de la Dirección General de Aduanas no aplicarán en los siguientes casos:
- Misiones Diplomáticas y Organismos Internacionales acreditados en el país.
- Mudanzas de dominicanos y extranjeros (realizadas en virtud de lo que establece la Ley No. 314, de fecha 6 de Julio de 1964, la Ley No. 168, de fecha 27 de mayo de 1967 y la Ley No. 14600 sobre Reforma Arancelaria, de fecha 11 de diciembre del 2000).
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